¿Qué Incluye la Hoja Informativa de Arraigo Familiar?

Si estás pensando en solicitar el arraigo familiar en España, es fundamental que conozcas en detalle la hoja informativa que las Oficinas de Extranjería ponen a disposición de los solicitantes. Este documento oficial resume de manera clara los requisitos, documentación necesaria y procedimiento para tramitar esta autorización de residencia por circunstancias excepcionales.

En esta guía te explicamos qué contiene exactamente la hoja informativa del arraigo familiar, cómo interpretarla y qué aspectos debes tener en cuenta antes de iniciar tu solicitud. Además, te enlazamos con otros recursos clave como los documentos necesarios para solicitar el arraigo familiar o una guía completa sobre cómo rellenar el formulario EX-10 paso a paso, esenciales para presentar tu expediente sin errores.

¿Quieres evitar complicaciones y asegurarte de que todo esté bien preparado? Entonces sigue leyendo. Te contamos punto por punto qué puedes esperar al revisar la hoja informativa del arraigo familiar y cómo utilizarla para que tu solicitud tenga más posibilidades de ser aprobada.

Índice

Requisitos para Solicitar el Arraigo Familiar

La hoja informativa del arraigo familiar recoge de forma detallada los requisitos imprescindibles que debe cumplir la persona extranjera para poder acceder a esta autorización de residencia. Aunque pueden variar levemente según la provincia, los criterios generales son comunes en todo el territorio español.

Vínculo Familiar con Ciudadano Español

Uno de los elementos fundamentales es acreditar un vínculo directo con un ciudadano español, que puede ser:

  • Padre o madre de un menor español.
  • Hijo de padre o madre originalmente españoles.
  • Cónyuge o pareja de hecho registrada con ciudadano español (en algunas oficinas, esto puede derivarse a otro tipo de arraigo o figura legal).

Este vínculo se debe justificar mediante certificados oficiales como partidas de nacimiento, libro de familia o sentencias judiciales.

No tener nacionalidad de un país de la UE

El solicitante no debe ser ciudadano de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo ni de Suiza, ni tener familiares cercanos que le den acceso a otro tipo de régimen comunitario.

No tener antecedentes penales

Debe aportar un certificado de antecedentes penales de su país de origen (y de países donde haya residido en los últimos 5 años), debidamente legalizado y, en su caso, traducido. También se exige carecer de antecedentes penales en España.

📍 Permanencia continuada en España

Aunque no se exige un tiempo mínimo de residencia en el país, es necesario acreditar presencia efectiva en España en el momento de la solicitud. Esto suele hacerse mediante empadronamiento, citas médicas, envíos, billetes o cualquier prueba que demuestre la permanencia.

Documentación Necesaria Según la Hoja Informativa

Uno de los elementos más útiles de la hoja informativa del arraigo familiar es el listado claro y estructurado de la documentación que debe acompañar la solicitud. Este apartado es clave, ya que cualquier error u omisión puede suponer un retraso o la inadmisión del expediente.

Identificación del Solicitante

  • Pasaporte completo en vigor (todas las páginas, incluso las en blanco).
  • En caso de caducidad: aportar pasaporte anterior o justificación de renovación en trámite.

Acreditación del Vínculo Familiar

Dependiendo del caso concreto, se requerirá alguno de los siguientes documentos:

  • Certificado de nacimiento del menor español, donde conste el solicitante como progenitor.
  • Libro de familia o certificación literal del Registro Civil.
  • Certificado de nacimiento del solicitante, si se trata de hijo de español de origen.
  • Sentencia de custodia, si aplica, o de relación familiar reconocida legalmente.

Empadronamiento

  • Certificado de empadronamiento reciente, tanto del solicitante como, en su caso, del familiar español con el que se tiene el vínculo.
  • Se recomienda que tenga menos de tres meses de antigüedad.

Certificados de Antecedentes Penales

  • Documento emitido por el país de origen y/o de residencia durante los últimos cinco años.
  • Debe estar legalizado/apostillado y traducido oficialmente si no está en español.

Formulario EX-10 y Tasa

  • Formulario EX-10 debidamente cumplimentado y firmado por el solicitante.
  • Justificante del pago de la tasa 790-012, correspondiente a este trámite.

Procedimiento de Presentación del Arraigo Familiar

La hoja informativa también describe los pasos concretos para presentar la solicitud de arraigo familiar, tanto de forma presencial como telemática. Conocer este procedimiento es clave para evitar errores administrativos que puedan retrasar tu expediente.

Modalidad Presencial

  • Es necesario solicitar una cita previa en la Oficina de Extranjería de tu provincia.
  • La solicitud se presenta en el registro de la Delegación o Subdelegación del Gobierno correspondiente, o en oficinas habilitadas.
  • Se debe acudir con todos los documentos originales y sus copias debidamente ordenadas.

Presentación Telemática

  • Si dispones de certificado digital, puedes presentar la solicitud de forma online a través de la plataforma Mercurio del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
  • Es fundamental subir todos los documentos escaneados en formato PDF y verificar que el formulario EX-10 esté firmado digitalmente o adjuntar autorización.

📌 Este método es más ágil y permite ahorrar tiempo, aunque requiere ciertos conocimientos técnicos o el apoyo de un profesional.

Plazos y Resolución

  • Una vez presentada la solicitud, la Administración dispone de hasta 3 meses para resolver.
  • Si no hay respuesta en ese plazo, se entiende desestimada por silencio administrativo negativo.
  • En caso de aprobación, el solicitante podrá tramitar su TIE (Tarjeta de Identidad de Extranjero) en la comisaría correspondiente.

Derechos Reconocidos con el Arraigo Familiar

La hoja informativa también especifica los derechos que adquiere la persona extranjera una vez que le es concedida la autorización por arraigo familiar. Conocer estos derechos es esencial para entender las posibilidades de residencia y trabajo en España bajo este régimen.

Autorización de Residencia Temporal por Circunstancias Excepcionales

El arraigo familiar otorga una autorización de residencia temporal, por una duración inicial de 1 año, que puede renovarse o modificarse posteriormente. Esta autorización está basada en un vínculo familiar con un ciudadano español, lo que la convierte en una figura legal de protección familiar.

Derecho a Trabajar (según el caso)

  • Si el solicitante es padre o madre de un menor español, sí se autoriza a trabajar por cuenta ajena o propia desde el primer día.
  • Si se trata de un hijo de español de origen, el derecho al trabajo puede estar condicionado a otros requisitos. En algunos casos, se debe realizar una modificación posterior de la residencia a una que incluya autorización laboral.

Es importante revisar en la hoja informativa si en tu caso se incluye o no el permiso de trabajo desde el inicio. Si tienes dudas, lo mejor es consultar a un asesor especializado.

Protección frente a la expulsión

Una vez concedida la autorización por arraigo familiar, el extranjero no podrá ser expulsado, salvo que se revoque por causas graves (por ejemplo, condenas penales o fraude documental). Esto otorga estabilidad legal durante el periodo de residencia.

Duración y Renovación de la Autorización de Arraigo Familiar

La hoja informativa aclara de forma precisa cuál es la duración inicial de la autorización por arraigo familiar y las opciones disponibles al finalizar su vigencia. Esta información es clave para planificar tu futura situación legal en España.

Vigencia de la Autorización

  • La autorización concedida por arraigo familiar tiene una duración de 1 año desde la fecha de resolución favorable.
  • Durante ese tiempo, el extranjero debe cumplir con las condiciones legales que dieron origen a la autorización (como la convivencia con el menor o la manutención del vínculo familiar).

Renovación o Modificación

Al finalizar el año, no se puede renovar el arraigo familiar como tal, pero existen dos opciones:

  • Modificar la autorización a una residencia y trabajo por cuenta ajena o propia, si se cumplen los requisitos (cotizaciones, contrato, ingresos…).
  • Solicitar otro tipo de autorización en función de la situación personal, como residencia no lucrativa, familiar de comunitario, etc.

📌 Requisitos para la modificación

  • Haber trabajado al menos 6 meses con contrato legal o haber cotizado como autónomo.
  • Disponer de medios económicos suficientes.
  • No haber salido de España más de 90 días en total durante el año de residencia.

💡 Te recomendamos guardar todos los justificantes de actividad laboral o ingresos durante el año, ya que serán claves para la modificación.

Costes y Tasas Administrativas

Uno de los puntos que también se incluye en la hoja informativa del arraigo familiar es el relativo a los costes asociados al trámite, especialmente el pago de tasas obligatorias. Aunque el procedimiento no tiene un coste elevado, no presentar el justificante del pago puede provocar la inadmisión del expediente.

Tasa 790 – Código 012

  • La tasa oficial que debe abonarse es la 790, código 012, seleccionando la opción correspondiente a “autorización de residencia por circunstancias excepcionales”.
  • El importe suele estar entre 10 y 15 euros, dependiendo de la actualización anual del BOE.

¿Cómo se paga?

  • Se puede generar el formulario de la tasa 790 en la web oficial del Ministerio de Política Territorial o del Ministerio del Interior.
  • Una vez generado, se puede pagar:
    • Online con certificado digital o Cl@ve.
    • En cualquier entidad bancaria colaboradora, presentando el impreso.

📎 Enlace directo para descargar el modelo: Formulario tasa 790-012

Justificante obligatorio

  • El justificante de pago debe presentarse junto con el resto de la documentación.
  • Se recomienda guardar una copia adicional sellada por el banco o descargar el comprobante si se paga online.

Accesos Directos a Recursos Oficiales

Para facilitar tu solicitud, la hoja informativa incluye referencias a los documentos y formularios oficiales que necesitarás presentar. A continuación, te dejamos los enlaces más relevantes y actualizados para que puedas descargarlos directamente desde fuentes seguras:

📄 Hoja Informativa Oficial

📋 Formulario EX-10

💳 Modelo 790 – Código 012

🧾 Listado de Documentos Requeridos

Preguntas Frecuentes sobre la Hoja Informativa del Arraigo Familiar

¿Dónde puedo conseguir la hoja informativa oficial del arraigo familiar?

Puedes descargarla directamente desde la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, o consultarla en la página de tu Oficina de Extranjería provincial. También puedes pedirla en persona al solicitar cita previa.

¿La hoja informativa es igual en todas las provincias?

No exactamente. Aunque los requisitos generales son los mismos en toda España, algunas provincias añaden matices o documentación adicional. Por eso, siempre es recomendable revisar la versión local de la hoja informativa.

¿Qué pasa si me falta un documento al presentar la solicitud?

La Oficina de Extranjería podría requerirte subsanarlo en un plazo de 10 días. Sin embargo, si el documento es esencial, podrían inadmitir el expediente desde el inicio. Es clave revisar bien la hoja informativa y asegurarte de llevarlo todo correctamente.

¿La hoja informativa incluye instrucciones sobre el formulario EX-10?

No en detalle. La hoja indica que debes presentar el formulario, pero no explica cómo rellenarlo.

¿Sirve como guía completa para hacer todo el trámite?

No del todo. La hoja informativa es un resumen general. Para una presentación segura y sin errores, lo ideal es contar con asesoría profesional, ya que cada caso puede requerir matices distintos.

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