Octubre marca un hito importante en el Calendario Fiscal 2024 tanto para autónomos como para empresas. En medio de las rutinas diarias de operación de tu negocio, es fundamental cumplir con las obligaciones tributarias en tiempo y forma. En este artículo, desglosaremos a fondo lo que debes abordar durante este mes crucial.
El Calendario Fiscal y su Significado
El Calendario Fiscal de los autónomos es una hoja de ruta anual que establece las fechas cruciales en las que los trabajadores por cuenta propia y las pequeñas empresas deben atender sus responsabilidades fiscales en España.
Este calendario se divide en cuatro trimestres, cada uno con su propio período:
- Primer Trimestre: Del 1 de enero al 31 de marzo, con fecha de presentación de impuestos entre el 1 y el 20 de abril de 2024.
- Segundo Trimestre: Del 1 de abril al 30 de junio, con fecha de presentación de impuestos entre el 1 y el 20 de julio de 2024.
- Tercer Trimestre: Del 1 de julio al 30 de septiembre, con fecha de presentación de impuestos entre el 1 y el 20 de octubre de 2024.
- Cuarto Trimestre: Del 1 de octubre al 31 de diciembre, con fecha de presentación de impuestos entre el 1 y el 30 de enero de 2025.
En resumen, el Calendario Fiscal es como un reloj que te indica cuándo debes ocuparte de tus impuestos durante el año, una herramienta sencilla pero crucial para mantener en orden tus asuntos financieros.
Impuestos a Presentar en Octubre
Octubre puede ser un desafío para autónomos y empresas, ya que concluye el tercer trimestre del año fiscal. Durante este período, es esencial recopilar y organizar todas las facturas emitidas y recibidas de julio, agosto y septiembre, ya que varios impuestos relacionados con este trimestre deben presentarse.
Aunque reunir todas estas facturas puede parecer abrumador, es indispensable para cumplir con precisión las obligaciones fiscales. Algunos de los impuestos que debes presentar en octubre incluyen la declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), el pago fraccionado del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y otros impuestos vinculados a tu actividad comercial.
Del 1 al 20 de octubre, los autónomos deben presentar una serie de modelos fiscales. Estos modelos son informes que proporcionan información crucial al gobierno sobre los impuestos retenidos o a pagar durante el trimestre. A continuación, detallamos los modelos a tener en cuenta:
- Modelo 111: Imprescindible si tienes empleados o colaboradores. Declaras las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que has retenido de los pagos realizados.
- Modelo 115: Fundamental si obtienes ingresos por alquileres urbanos, para declarar las retenciones del IRPF sobre esos ingresos.
- Modelo 130: Si tributas en el régimen de estimación directa del IRPF, debes presentar la declaración trimestral del IRPF utilizando este modelo, donde calculas y pagas el impuesto sobre la renta de tus actividades empresariales.
- Modelo 131: Si tu tributación se basa en el régimen de estimación objetiva del IRPF, utiliza este modelo para presentar tu declaración trimestral correspondiente.
- Modelo 303: La declaración trimestral del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) se realiza mediante este modelo, donde informas sobre el IVA cobrado y pagado durante el trimestre.
- Modelo 309: Empléalo si no estás obligado a presentar el IVA periódicamente, para declarar el IVA en octubre.
- Modelo 349: Una declaración informativa sobre operaciones intracomunitarias. Debes presentarla si realizas ventas o compras con otros países de la Unión Europea.
- Modelo 202: Si tienes una sociedad, este modelo implica realizar un pago a cuenta sobre el Impuesto de Sociedades, especialmente relevante para empresas con forma jurídica de sociedad.
Es importante recordar que la próxima declaración trimestral, correspondiente al cuarto trimestre de 2023, se presentará en el año 2024. Este cambio de año fiscal es crucial para planificar con anticipación y asegurarte de cumplir tus obligaciones tributarias de manera puntual. Mantén tus asuntos financieros en orden y evita sorpresas desagradables.