DOCUMENTOS PARA VEHÍCULO

Para evitar posibles inconvenientes cada vez que te pongas al volante debes verificar que llevas todos los documentos necesarios para circular con total tranquilidad y evitar posibles sanciones.

Acumulamos demasiados papeles que no son necesarios y no nos servirán a la hora de un control en carretera o cualquier otro tipo de incidente.

La ley establece la obligatoriedad de conducir con el permiso de circulación del vehículo, el carnet de conducir, la Tarjeta de Inspección Técnica (ITV) y el último recibo del seguro del vehículo, todos ellos en vigor y actualizados. Además es recomendable llevar un ejemplar del parte europeo de accidentes y el resguardo del Impuesto de Circulación.

Posibles sanciones

– En el caso de no llevar el carnet de conducir, el conductor se expondrá a una posible sanción que aumentará si se comprueba que los datos son erróneos o el permiso esta caducado. En el caso de circular con la retirada del carnet la sanción puede a 500€ y la retirada de 4 puntos.
Conducir sin permiso la titulación es una inflación muy grave, por lo que además de una penalización económica puede imponerse entre 3 y 6 meses de prisión para el infractor.
– Circular con la ITV caducada puede suponer multas de hasta 200€, siendo obligatorio llevar la Ficha Técnica y la pegatina que certifica el positivo de la Inspección Técnica.
– La ley obliga a que todos los coches cuenten con un seguro para poder circular. No tener el vehículo asegurado puede suponer una sanción económica y la inmovilización del vehículo.
– El permiso de circulación acredita la matriculación del vehículo y en él aparecen datos como el titular, la cilindrada, la potencia, el kilometraje y la vigencia de la ITV. Este documento debe llevarse y estar actualizado. Los conductores que circulen sin este documento deberán hacer frente a una multa, que se agravará en caso de que el vehículo nunca se haya contado con dicho permiso.

Nuestra recomendación

Desde el año 2008 con la creación del Fichero Informativo de Vehículos Asegurados (FIVA), no es necesario llevar en el vehículo los documentos que acreditan la póliza del seguro y el impuesto de circulación. Esto se debe a que el agente tiene la capacidad de comprobar que todos estén en vigor de forma telemática.

El personal tanto de la guardia civil como de la policía están capacitados para poder comprobar si el coche está asegurado y su permiso de circulación se encuentra en vigor en el momento de la detención.

Aun así es recomendable que todos los documentos se lleven en la guantera, por si hay fallos técnicos y el agente no puede comprobarlos a través de internet. Se deben llevar los originales o en su defecto sus fotocopias debidamente compulsadas.

Nuestro principal objetivo es la tranquilidad y el bienestar de nuestros clientes. Por eso en Nuño Jiménez Asesores nos ponemos a tu disposición para solventar cualquier duda acerca de temas legas y fiscales. ¡Llámanos!

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