Apostar por el emprendimiento y montar tu propia empresa es un trabajo duro que pero muy reconfortante. La forma más sencilla para montar tu propio negocio y por el que la mayoría de emprendedores se decanta es bajo el régimen de autónomo.
Si decides comenzar la aventura y ser autónomo es imprescindible que tengas el conocimiento suficiente sobre todos los derechos y obligaciones que tendrás bajo este régimen. Por eso desde Nuño Jiménez Asesores hoy vamos a aclarar algunas dudas para que puedas tomar una buena decisión.
Asistencia Sanitaria para los autónomos
Todos los trabajadores tienen las mismas prestaciones y condiciones sanitarias, es decir que los autónomos también tendrán derecho a recibir cualquier servicio médico y farmacéutico para conservar o establecer su salud. La asistencia sanitaria cubre tanto enfermedades por motivos laborales como por otras causas ajenas al trabajo.
La maternidad como autónomo
Las trabajadoras autónomas también tienen derecho a una baja por maternidad, adopción, acogimiento o tutela familiar que le da derecho a un subsidio de 16 semanas que se puede prolongar cuando existen complicaciones. Pero para que una trabajadora autónoma pueda solicitar la baja por maternidad debe cumplir los siguientes requisitos:
- Estar cotizando a la seguridad en el régimen de autónoma
- Estar al corriente de pago de todas las cuotas como autónomo
- Tener un periodo mínimo de cotización a la seguridad social, que depende de la edad.
De 21 a 26 años debe haber cotizado al menos 90 días en los últimos 7 años y 180 días durante toda su vida laboral. Para los mayores de 26 años las fechas se extienden a 180 días cotizados en los últimos 7 años y 360 días cotizados a lo largo de la vida laboral. Los autónomos menores de 21 años no tendrían ninguna restricción de tiempo.
¿Autónomo y padre? ¡Es posible!
La baja por paternidad tiene una duración de 4 semanas naturales y los requisitos para poder acceder a ella son:
- Estar afiliado al régimen de autónomo
- Estar al corriente de pago de las cuotas de autónomo
- Tener cubierto el periodo mínimo de cotización. En este caso es de un mínimo 180 días en los últimos 7 años y un mínimo de 360 días a lo largo de toda la vida laboral.
¿Quieres saber más? No dudes en llamarnos al 925 041 262. Nuestro equipo de expertos te ayudará a resolver todas las dudas que te surjan, además estudiarán tu caso para desarrollar un plan estratégico personalizado para tu modelo de negocio. No lo pienses más y contáctanos.