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Cualquier empresa tiene una serie de obligaciones con sus consumidores y una vez que son incumplidas los consumidores pueden denunciarlo. La forma más común que tiene los consumidores de ejercer sus derechos ante la desconformidad con una empresa es a través de las hojas de reclamaciones.

Estos documentos protegen los derechos de los trabajadores, pero ¿todas las empresas están obligadas a tener disponibilidad de estas hojas?

Existen muchas dudas acerca de esta pregunta, pero la realidad es que cada comunidad autónoma tiene una propia regulación con respecto a este asunto. Aunque a grandes rasgos siempre están obligadas a disponer de hojas de reclamaciones las empresas que distribuyan bienes o servicios a sus consumidores.

Dentro de este sector nos encontramos empresas de transporte de pasajeros, empresas de transporte de mercancía, gasolineras, talleres, centros comerciales, bares, restaurantes, hoteles, agencias de turismo o salones de belleza.

¿Qué pasa si no tengo hojas de reclamaciones?

Cuando un cliente solicita una hoja de reclamaciones se le debe entregar. De no ser así incumplirás la Ley General de Defensa del Consumidor y Usuarios. Por lo que un cliente podrá denunciar la irregularidad ante la policía local o ante defensa del consumidor de la comunidad autónoma que le corresponda.

Evita cualquier problema

¿Tienes alguna duda? Si aun no sabes muy bien si deberías tener hojas de reclamaciones o no, no dudes en contactar con Nuño Jiménez Asesores. Nuestro equipo de profesionales te asesorará para que no sufras ningún imprevisto y velará por la estabilidad de tu empresa.

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