Realizamos todas las gestiones que tienes que hacer tras el nacimiento de tu bebé. Disponemos de gestoría física en Aranjuez, Toledo y Madrid. ¡También lo podemos gestionar de forma online! Olvídate de los trámites administrativos, de las esperas, de hablar con funcionarios… Con un bebé recién nacido te toca disfrutar y dejarnos el papeleo a nosotros. 

Vamos a ahorraros tiempo y buscar todas las prestaciones a las que tengáis derecho para que para que puedas centrarte en lo que más importa. Para que no os tengáis por preocupar por nada tenemos dos pack que incluyen los trámites necesarios por el nacimiento del bebé en función de tus circunstancias pero si solo necesitas que realicemos alguno de ellos también podemos hacerlo.

Pack UNO Más

Prestación Maternidad

Prestación Paternidad

Afiliación del bebé a la Seguridad Social para obtener la tarjeta sanitaria

Ayuda por madre trabajadora 100€/mes durante los tres primeros años de vida del bebé.

Además, existe la prestación por nacimiento para familias numerosas, monoparentales con dos hijos o padres con discapacidad de 1.000€, que también se podrá solicitar si cumplen los requisitos. ¡No dudes en preguntarnos!

Trámites de Nacimiento:

  • Prestación por Maternidad

    La prestación por maternidad es la que se recibe a consecuencia del permiso de descanso por el nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento.

    El derecho a la prestación por maternidad nace el mismo día en el que la trabajadora inicia el periodo de descanso, que suele coincidir con el nacimiento del bebé.

    El periodo a disfrutar de la prestación por maternidad serán 16 semanas que se amplía en dos semanas más en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple, de las cuales las 6 primeras semanas, deberán de disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después de parto. Las 10 semanas restantes, se podrán disfrutar a jornada completa o parcial hasta que el bebé cumpla un año. Este permiso de maternidad, puede ser disfrutado por el padre.

    La cuantía a recibir de prestación será el 100% de la base reguladora que tenga el trabajador.

    Los requisitos son estar de alta en la seguridad social y que cumpla con los requisitos de cotización en función de la edad del trabajador. En los casos, que la madre no reúna los requisitos de cotización mínimos podrá acogerse a la maternidad no contributiva, que en ese caso, la cantidad a recibir será menor.

  • Prestación por Paternidad

    La prestación por paternidad es, al igual que la prestación de maternidad, la que se recibe a consecuencia del permiso de descanso por el nacimiento de un hijo, adopción, tutela o acogimiento.

    El periodo de disfrute también es de 16 semanas de permiso, que se amplía en dos semanas más en los casos de parto, adopción o acogimiento múltiple, de las cuales las 6 primeras semanas, deberán de disfrutarse de forma ininterrumpida y a jornada completa inmediatamente después de parto. Las 10 semanas restantes, se podrán disfrutar a jornada completa o parcial hasta que el bebé cumpla un año.

    La cantidad a recibir, también corresponde con el 100% de la base reguladora del salario. Y los requisitos que se deben cumplir es estar de alta en la seguridad social y cumplir con unos requisitos mínimos de cotización.

  • Afiliación del bebé a la Seguridad Social

    La afiliación del bebé a la seguridad social, es un trámite muy importante para que el recién nacido tenga asistencia sanitaria y se le pueda asignar pediatra.

    El bebé se puede incluir como beneficiario con uno de los padres, siempre y cuando el progenitor este afiliado en la seguridad social. Si solo esta uno, se podrá incluir como beneficiario de éste.

    La inscripción se realiza en las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social, y se debe presentar la solicitud, certificado de nacimiento y documentación del progenitor.

    Una vez inscrito en la seguridad social al bebé los padres tendrán que obtener la tarjeta sanitaria en el Centro de Salud que te corresponda según tu domicilio de manera presencial.

  • Ayuda por Madre Trabajadora

    Las madres trabajadoras tienen una deducción de 100€ mensuales en su IRPF hasta que el bebé cumpla los tres años de edad. Esta ayuda se puede solicitar para percibirla mensualmente o bien, la deducción se aplicara en el IRPF.

    Los requisitos que se deben cumplir por parte de la madre con niños entre 0 a 3 años son:

    • Estar de alta en seguridad social
    • Estar recibiendo una prestación por desempleo
    • Que hayan cotizado un mínimo de 30 días a partir del nacimiento del hijo

    También podrán recibirla padres en caso de fallecimiento de la madre, o cuando la guarda y custodia se atribuya de forma exclusiva al padre.

  • Ayuda por Parto Múltiple

    La ayuda por parto múltiple es un pago único por adopción o parto múltiple que se da a todas las familias que tienen más de un hijo a la vez. Para recibir esta ayuda no se tienen en cuenta los ingresos.

    El importe de esta ayuda varia cada año, ya que se calcula en función del salario mínimo interprofesional y el número de hijos nacidos o adoptados a la vez.

    • Con dos hijos: el SMI se multiplica por 4.
    • Con tres hijos: el SMI se multiplica por 8.
    • Con cuatro hijos o más: el SMI se multiplica por 12.

    Si alguno de los bebés tuviera discapacidad igual o superior al 33%, a la hora de calcular la cantidad de ayuda, el niño con discapacidad cuenta como dos hijos.

    Estas ayudas se solicita ante las oficinas del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

    La ayuda por parto múltiple la puede pedir cualquiera de los dos padres. Los padres deben ponerse de acuerdo sobre quién la pide y si no llegan a un acuerdo, se da a la madre. Si no viven juntos, esta ayuda la recibirá el progenitor que tiene la guarda y custodia

    Si quieres más información o que realicemos un estudio de las prestaciones alas que podrías tener acceso si tienes una situación especial, ¡ponte en contacto con nosotros!

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