
El lunes 30 de junio de 2025 es el último día para presentar tu declaración de la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2024. Es crucial cumplir con este plazo para evitar posibles sanciones por parte de la Agencia Tributaria.
Este plazo afecta a todos los contribuyentes, incluyendo aquellos con declaraciones con resultado a ingresar mediante domiciliación bancaria, cuyo límite es el miércoles 25 de junio de 2025. Además, el viernes 27 de junio de 2025 finaliza el periodo para solicitar cita previa para la atención telefónica o presencial en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Los contribuyentes que hayan obtenido ingresos superiores a 22.000 euros en el último año, o aquellos con dos o más pagadores, donde el segundo y sucesivos pagadores sumen más de 2.500 euros, están obligados a presentar el modelo 100 del IRPF.
El incumplimiento de estos plazos puede conllevar sanciones por parte de Hacienda. Si no has presentado la declaración a tiempo y no has recibido un requerimiento, debes realizar una declaración extemporánea. Si el resultado es a devolver, la sanción es de 100 euros, aunque se aplica una reducción del 40% si pagas 60 euros en el plazo voluntario.
Si recibes un requerimiento de la administración por incumplimiento, la multa puede oscilar entre el 50% y el 150% del importe a pagar, dependiendo del perjuicio económico causado y del tiempo de retraso. Para declaraciones positivas (a pagar), el recargo corresponde al 1% del importe a ingresar por cada mes completo de retraso respecto al plazo establecido. Si el retraso supera los 12 meses, el recargo será del 15%, más los intereses de demora correspondientes.
Presentar la declaración de la Renta a tiempo es esencial para evitar sanciones y asegurar una correcta relación fiscal con la Agencia Tributaria. No olvides tus obligaciones fiscales para el periodo 2024-2025.
¿Cuál es la fecha límite para presentarla?
La declaración de la renta para el ejercicio fiscal 2024 tiene como fecha límite de presentación el 30 de junio de 2025. Sin embargo, si deseas domiciliar el pago de declaraciones con resultado a ingresar, deberás presentarlas antes del 25 de junio de 2025. Para cualquier duda o información adicional, no dudes en contactar con Nuño Asesores, quienes están dispuestos a ayudarte en el proceso.
¿Es posible presentarla después de la fecha límite?
Sí, es posible presentar la declaración fuera de plazo. Aunque debes estar consciente de que esto implica ciertas consecuencias, como recargos y sanciones que aumentan con el tiempo de retraso. Es recomendable actuar con prontitud para minimizar estos recargos.
En caso de requerir orientación adicional o si deseas comunicarte con un experto en el área, Nuño Asesores se encuentra a tu disposición para aclarar cualquier duda o inquietud que puedas tener.
¿Qué ocurre si se te pasa la fecha y tienes que presentar fuera de plazo?
Si ha pasado el plazo para presentar tu declaración de impuestos, es crucial que actúes rápidamente para mitigar las consecuencias. Incluso si has excedido la fecha límite, es recomendable que presentes la declaración voluntariamente antes de que la Administración Tributaria te lo notifique. Esta acción proactiva puede reducir ciertas penalizaciones.
En el caso de que tu declaración resulte en una cantidad a pagar y no hayas recibido todavía un requerimiento de Hacienda, se aplicará un recargo del 1% por cada mes completo de retraso respecto al plazo establecido. Si el retraso supera los 12 meses, el recargo será del 15%, más los intereses de demora correspondientes. Por lo tanto, es fundamental presentar la declaración cuanto antes para minimizar los intereses acumulados.
Para evitar que estos intereses continúen incrementándose, es aconsejable estar pendiente de las fechas y actuar preventivamente. Para no perder de vista el calendario fiscal, te invitamos a registrarte con Nuño Asesores. Ellos te enviarán un aviso cuando sea el momento de calcular y presentar tu declaración, ayudándote a cumplir con tus obligaciones sin contratiempos. ¡Regístrate hoy y lleva la delantera en la gestión de tu renta!
Si el resultado es a ingresar y recibimos un requerimiento de Hacienda
En situaciones donde Hacienda detecta que debes dinero, además de solicitar la presentación de tu declaración, la sanción a imponer será significativamente más elevada. Dependiendo de la gravedad de la infracción, la sanción puede oscilar entre el 50% y el 150% del importe adeudado. Sin embargo, existen formas de atenuar esta penalización. Podemos disminuir la sanción en un 30%, siempre que aceptemos las condiciones y optemos por no impugnar la decisión, proceso conocido como «reducción por conformidad». Adicionalmente, si realizamos el pago dentro del plazo voluntario especificado por la notificación de la Administración, podremos obtener una «reducción por pago» del 25%. Para cualquier aclaración o asesoramiento adicional, no dudes en ponerte en contacto con Nuño Asesores, quienes te guiarán en cada paso del proceso.
Si obtenemos un resultado a devolver sin requerimiento de Hacienda
Durante la temporada de declaraciones, son numerosas las personas que, erróneamente, creen no estar obligadas a presentar su declaración de la renta. Sin embargo, cuando Hacienda descubre estas omisiones, los contribuyentes enfrentan una multa de 100 euros. Aunque puede parecer que Hacienda se beneficia al no recibir un pago por la declaración, el verdadero costo recae sobre el individuo.
Cuando tenemos un resultado a devolver con un requerimiento de Hacienda
Aunque pueda parecer sorprendente, Hacienda exige la presentación de la declaración de la renta incluso si el resultado es a devolver. Si recibes un requerimiento y no has presentado la declaración dentro del plazo, se impondrá una sanción de 200 euros. Esta sanción es fija, y se aplica independientemente del importe que tengas a devolver.
Si el importe a devolver es inferior a 200 euros, es importante saber que podrías terminar pagando más en sanciones que lo que recibirías como devolución.
Para evitar estas situaciones, Nuño Asesores recomienda revisar siempre tu borrador y cumplir con los plazos establecidos, incluso si consideras que no estás obligado a declarar.
Consecuencias de no presentar la renta a tiempo
No presentar la declaración de la renta en el plazo establecido puede generar multas y sanciones que varían según:
- El tiempo de retraso
- Si la declaración es a ingresar o a devolver
- Si hay requerimiento de Hacienda o no
El importe de las sanciones crece cuanto más tardes en regularizar tu situación fiscal.
Recargos por presentación extemporánea (sin requerimiento de Hacienda)
Si presentas tu declaración fuera de plazo pero antes de recibir un requerimiento de Hacienda, los recargos son los siguientes:
- 1% adicional por cada mes completo de retraso.
- A partir de los 12 meses, el recargo será del 15%, más intereses de demora.
- Si pagas voluntariamente tras la notificación del recargo, se aplica una reducción del 25% sobre el recargo.
Sanciones por presentación extemporánea (con requerimiento de Hacienda)
Si es Hacienda quien te requiere para presentar la declaración, las sanciones serán más severas:
- Para declaraciones negativas o con resultado cero: 200 euros de multa.
- Para declaraciones con resultado a ingresar:
- 50% al 150% del importe a pagar.
- 30% de reducción si aceptas la sanción y no la recurres.
- 25% de reducción adicional si pagas en el plazo voluntario indicado.
Intereses de demora
Además de los recargos y sanciones, si tu declaración es a ingresar y la presentas más de 12 meses tarde, Hacienda aplicará intereses de demora. Estos intereses se calculan sobre el importe a pagar desde el día siguiente al vencimiento del plazo de presentación hasta la fecha de pago.
Para la campaña 2025, el interés de demora es del 4,0625% anual.
Pasos para presentar la declaración de la renta después de la fecha límite
Si ya ha pasado el plazo y necesitas presentar tu declaración:
- Reúne toda la documentación: certificados de ingresos, retenciones, gastos deducibles, etc.
- Accede a Renta WEB: a través del portal de la Agencia Tributaria.
- Presenta la declaración extemporánea: marcando la opción de «fuera de plazo».
- Espera la liquidación o recargo: si es a ingresar, Hacienda te notificará el recargo.
Documentación necesaria para hacer la declaración fuera de plazo
Para realizar la declaración fuera de plazo, necesitarás:
- Certificados de ingresos (salarios, alquileres, pensiones, etc.).
- Certificados de retenciones.
- Justificantes de deducciones (planes de pensiones, hipotecas, donaciones).
- Justificantes de gastos deducibles (cuotas de autónomos, material, etc.).
Cómo pagar el segundo plazo de la renta fuera de plazo
Si fraccionaste el pago y no abonaste el segundo plazo (habitualmente el 5 de noviembre), debes:
- Entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
- Seleccionar “Pagar, aplazar y consultar deudas”.
- Pagar directamente o solicitar un aplazamiento si no puedes abonar la cantidad.
Si pagas fuera de plazo:
- Hasta 1 mes: recargo del 1%.
- De 1 a 12 meses: recargo progresivo (2%, 3%, 4%…).
- Más de 12 meses: recargo del 15%, más intereses de demora.
Cómo evitar multas por hacer la declaración de la Renta tarde
- Organiza tu documentación con antelación: ten listos todos los justificantes de ingresos, gastos y deducciones.
- Usa alertas o recordatorios: registra las fechas clave en tu calendario.
- Solicita ayuda profesional: un asesor puede ayudarte a presentar a tiempo y aprovechar todas las deducciones.
- No esperes al último momento: si tienes dudas, contacta con Nuño Asesores, quienes te ayudarán a presentar tu declaración sin errores ni retrasos.
¿Se puede solicitar una prórroga para hacer la renta?
En general, la Agencia Tributaria no concede prórrogas para presentar la declaración de la Renta. No obstante, si atraviesas una situación excepcional (como enfermedad grave o catástrofes naturales), puedes justificar tu caso ante Hacienda para negociar una posible exención de sanciones.
Lo que sí puedes solicitar es un aplazamiento o fraccionamiento del pago, pero no de la presentación.