Cuentas bancarias de un fallecido: cómo desbloquearlas y repartir el dinero

En cuanto el banco sabe que su cliente ha fallecido, bloquea sus cuentas. Es una de las primeras sorpresas para muchas familias: no se puede sacar dinero, aunque haga falta para el funeral o para pagar el Impuesto de Sucesiones. Te explicamos por qué ocurre, qué pasa si la cuenta tenía varios titulares, qué documentos pide el banco para liberar el dinero y cómo localizar todas las cuentas del fallecido.

¿Por qué el banco bloquea las cuentas de un fallecido?

Desde el fallecimiento, el dinero de las cuentas forma parte de la herencia y pertenece a todos los herederos hasta que se reparta. El banco no puede entregarlo a uno solo sin saber quiénes son los herederos y qué le corresponde a cada uno.

Además, la ley hace al banco responsable subsidiario del Impuesto de Sucesiones si entrega el dinero sin que se haya presentado el impuesto (artículo 8 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones). Por eso pide siempre el justificante.

¿Y si la cuenta tenía varios titulares?

Es una duda muy habitual. Ser cotitular de una cuenta no significa ser dueño del dinero: la titularidad solo da permiso para operar. El dinero es de quien lo aportó. Si no se puede probar otra cosa, se presume que pertenece a los titulares a partes iguales.

  • En una cuenta de dos titulares, normalmente se considera que la mitad del saldo era del fallecido y forma parte de su herencia.
  • El banco suele bloquear al menos esa parte hasta que se tramite la herencia.
  • Sacar todo el dinero justo antes o después del fallecimiento puede dar lugar a reclamaciones de los demás herederos y a problemas con Hacienda.

Qué se puede pagar antes de repartir la herencia

  • El funeral: muchas entidades permiten pagar la factura de la funeraria con cargo a la cuenta del fallecido presentando el certificado de defunción.
  • El Impuesto de Sucesiones: es habitual que el banco permita usar el saldo para pagar el impuesto de los herederos.
  • Algunos recibos domiciliados pueden seguir cargándose durante un tiempo, aunque conviene revisarlos y dar de baja los que ya no tienen sentido.

Cada banco tiene su propio procedimiento: pregunta antes de hacer nada y, sobre todo, no uses la tarjeta ni la banca online del fallecido. Además de poder tener consecuencias legales, puede entenderse como una aceptación tácita de la herencia (lo explicamos en aceptación y renuncia).

Documentos para desbloquear las cuentas

Para pedir los saldos y, más adelante, el cambio de titularidad o la entrega del dinero, el banco suele pedir:

  1. Certificado de defunción.
  2. Certificado de últimas voluntades.
  3. Copia del testamento o declaración de herederos.
  4. DNI de todos los herederos.
  5. Escritura de aceptación y adjudicación de herencia o, en algunos bancos, un documento de reparto firmado por todos los herederos.
  6. Justificante de presentación o pago del Impuesto de Sucesiones (modelo 650).

Certificado de saldos a la fecha del fallecimiento

Antes de repartir, los herederos necesitan saber cuánto había. El banco expide un certificado de saldos y posiciones a la fecha del fallecimiento (cuentas, depósitos, fondos, acciones, préstamos) presentando el certificado de defunción, el de últimas voluntades y el testamento o la declaración de herederos. Ese certificado es imprescindible para el Impuesto de Sucesiones.

Cómo saber qué cuentas tenía el fallecido

  • Revisa su correspondencia, extractos, la declaración de la renta y los recibos domiciliados.
  • Pregunta en las entidades con oficina en su zona o con las que tuviera relación.
  • El informe CIRBE del Banco de España muestra los préstamos y créditos a su nombre. Es útil para conocer las deudas antes de aceptar.
  • Los datos fiscales de Hacienda reflejan cuentas que generaron intereses.

¿Y las deudas con el banco?

Si el fallecido tenía préstamos, tarjetas de crédito o descubiertos, el banco puede compensarlos con el saldo de las cuentas. Las hipotecas no desaparecen con el fallecimiento: pasan a los herederos que acepten. Si las deudas pueden superar a los bienes, valora aceptar a beneficio de inventario o renunciar.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo están bloqueadas las cuentas?

Hasta que los herederos acreditan su derecho, se presenta el Impuesto de Sucesiones y se reparte la herencia. Si todo está en orden, suele resolverse en unos meses.

¿Puedo sacar dinero si estoy autorizado en la cuenta?

No. Las autorizaciones dejan de valer con el fallecimiento del titular.

¿Hay que declarar el dinero heredado en la renta?

No; tributa en el Impuesto de Sucesiones. Solo declaras los intereses que genere desde el fallecimiento. Te lo explicamos en herencia y declaración de la renta.

¿El banco puede cobrar comisiones por la testamentaría?

Algunas entidades cobran por la tramitación o por los certificados. Pregunta las condiciones antes de iniciar el trámite.

Para tener la visión completa, consulta nuestra guía: Cómo tramitar una herencia paso a paso. También te puede interesar: Impuesto de Sucesiones en Castilla-La Mancha y Impuesto de Sucesiones en Madrid.

Nos encargamos de los bancos por ti

Pedimos los certificados, preparamos la documentación de la herencia y presentamos el Impuesto de Sucesiones para que el banco libere el dinero cuanto antes. Te atendemos en Toledo, Aranjuez y Madrid. La primera valoración es gratuita.

Contenido actualizado el 12 de octubre de 2026. Información general; la solución concreta depende de las circunstancias de cada herencia y de la normativa vigente.

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