
La prestación por crianza, conocida como Cheque Bebé 2025, es una ayuda económica mensual de 100 euros por cada hijo menor de 3 años, diseñada para apoyar a las familias desde el nacimiento o adopción. Esta medida, recogida en la nueva Ley de Familias, se aplica en toda España y tiene carácter universal y compatible con otras ayudas si se cumplen ciertos requisitos.
Desde enero de 2024, más familias tienen derecho a cobrar esta ayuda, incluyendo trabajadoras autónomas, madres desempleadas con subsidio y padres con custodia completa, lo que convierte al cheque bebé en una de las medidas más relevantes de apoyo a la natalidad.
👉 En esta guía te explicamos cómo solicitar el cheque bebé paso a paso, los requisitos, las incompatibilidades y las dudas más comunes para que no pierdas esta ayuda.
✅ Requisitos para solicitar el Cheque Bebé en 2025
Para acceder a la prestación por crianza de 100 € al mes, debes cumplir una serie de condiciones que varían según tu situación laboral y familiar. A continuación, te mostramos los criterios generales actualizados según la Ley de Familias y la Agencia Tributaria:
Checklist de requisitos principales
- Residencia legal en España
Debes estar empadronado en territorio español con DNI o NIE en vigor. - Hijos menores de 3 años
La ayuda se aplica desde el mes de nacimiento o adopción hasta que el menor cumpla 3 años. - Alta en la Seguridad Social
El progenitor solicitante debe estar dado de alta en cualquier régimen: general, autónomos, agrario o del mar. - Situación laboral activa o asimilada
✔️ En empleo por cuenta ajena o propia.
✔️ O en situación de desempleo, con prestación contributiva o subsidio activo.
✔️ O recibiendo prestación por incapacidad temporal o maternidad/paternidad. - Cotización mínima (solo si no estás trabajando):
Se exige haber cotizado al menos 30 días o haber recibido una prestación por desempleo en algún momento previo al nacimiento o adopción. - Custodia o convivencia efectiva
El progenitor solicitante debe tener la guarda y custodia completa del menor o convivir con él.
Cómo solicitar el Cheque Bebé paso a paso
Solicitar el Cheque Bebé de 100 euros mensuales es un trámite que puedes realizar fácilmente si sigues estos pasos. Te explicamos cómo hacerlo correctamente para evitar errores o rechazos por parte de la Agencia Tributaria.
1. Accede a la sede electrónica de la Agencia Tributaria
- Entra en: https://sede.agenciatributaria.gob.es
- Busca el modelo 140 – Deducción por maternidad (válido también para el cheque bebé).
- Necesitarás: DNI electrónico, certificado digital o acceso mediante Cl@ve PIN.
2. Rellena el formulario online
En el formulario deberás incluir:
- Datos del progenitor solicitante.
- Datos del menor beneficiario (nombre completo y fecha de nacimiento o adopción).
- Declaración responsable sobre tu situación laboral y custodia.
- IBAN de la cuenta bancaria donde se ingresará la ayuda.
3. Adjunta la documentación requerida
Prepara estos documentos en PDF o imagen:
- Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción.
- Certificado de empadronamiento.
- En caso de discapacidad, documentación acreditativa.
- Si no trabajas actualmente, certificado de prestaciones anteriores (INSS o SEPE).
4. Presenta la solicitud y conserva el justificante
Una vez enviada, recibirás un justificante de registro. Guarda ese comprobante, ya que será la prueba de que realizaste la solicitud en plazo.
Cuantía y forma de pago de la ayuda
La prestación por crianza, conocida popularmente como cheque bebé de 100 euros, supone un apoyo económico directo para madres, padres o tutores legales de niños de entre 0 y 3 años. Está diseñada para ayudar en los gastos básicos derivados del cuidado de los menores en sus primeros años de vida.
Cuantía mensual: 100 euros por hijo menor de 3 años
- Se otorgan 100 euros al mes por cada hijo que cumpla los requisitos.
- El pago se mantiene hasta que el menor cumple los 3 años de edad.
- En caso de partos múltiples o adopciones simultáneas, se abonará la cantidad por cada menor de forma independiente.
Forma de pago: mensual y anticipado
La ayuda se abona de manera mensual y anticipada, a través de la cuenta bancaria del solicitante que figure en el formulario Modelo 140.
Este modelo puede presentarse tanto en papel como de forma telemática desde la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
¿Cuándo se empieza a cobrar?
El pago de la ayuda se inicia desde el mes siguiente a la fecha de nacimiento o adopción del menor, siempre que se haya presentado correctamente la solicitud.
Por ejemplo:
- Si tu hijo nació en abril y presentas el modelo en mayo, empezarás a recibir la ayuda desde mayo, cobrando el primer pago a finales de ese mes o principios del siguiente.
Es importante no retrasar la presentación del modelo, ya que la Agencia Tributaria no abona pagos retroactivos por periodos anteriores a la solicitud.
¿Es compatible con otras ayudas?
Sí, esta prestación es compatible con otras ayudas públicas, pero con algunas condiciones:
- Es compatible con la deducción por maternidad en el IRPF, ayudas autonómicas y municipales (como la Tarxeta Benvida en Galicia o el cheque bebé de Madrid).
- No es compatible si ya se percibe una ayuda similar en régimen de mutualidades como MUFACE, ISFAS o MUGEJU, salvo que se renuncie a la anterior.
Tabla comparativa: ejemplo práctico de la ayuda mensual
| Situación Familiar | Nº de Hijos Beneficiarios (0-3 años) | Cuantía Mensual (€) | Total Anual (€) |
|---|---|---|---|
| Familia con 1 hijo de 2 años | 1 | 100 € | 1.200 € |
| Familia con gemelos recién nacidos | 2 | 200 € | 2.400 € |
| Familia con 3 hijos (1, 3 y 5 años) | 2 (1 y 3 años) | 200 € | 2.400 € |
| Familia monoparental con 1 hijo adoptado | 1 | 100 € | 1.200 € |
Compatibilidades e incompatibilidades del cheque bebé
| Tipo de ayuda | ¿Es compatible? | Observaciones |
|---|---|---|
| Prestación por nacimiento y cuidado del menor (INSS) | ✅ Sí | Ambas se pueden percibir si se cumplen los requisitos de cada una. |
| Ayudas por hijo a cargo | ✅ Sí | Compatibles siempre que no se supere el límite de ingresos anual. |
| Ayudas por parto o adopción múltiples | ✅ Sí | Acumulables con el cheque bebé si son de distinto régimen o naturaleza. |
| Deducción por maternidad (Modelo 140 – Agencia Tributaria) | ✅ Sí | Pueden recibirse ambas siempre que se cumplan los requisitos de IRPF. |
| Prestaciones de regímenes especiales (MUFACE, ISFAS…) | ❌ No | Debe optarse por una u otra ayuda si se solapan en naturaleza o finalidad. |
| Cheque bebé autonómico (ej. Tarxeta Benvida, etc.) | ✅ Sí | Pueden acumularse, pero cada comunidad puede establecer sus propias condiciones. |
Resumen práctico
Puedes acumular esta ayuda con la mayoría de prestaciones estatales y autonómicas, salvo duplicidades directas. Consulta siempre tu caso particular.
Plazos y proceso para solicitar el cheque bebé
¿Cuándo se puede solicitar esta ayuda?
- A partir del 1 de enero de 2023, en función de la entrada en vigor de la nueva Ley de Familias.
- Se recomienda realizar la solicitud cuanto antes tras el nacimiento o adopción, ya que solo se abonarán atrasos de hasta 6 meses.
Documentación necesaria
Para tramitar correctamente el cheque bebé, debes reunir:
| Documento | Quién lo aporta | Utilidad |
|---|---|---|
| DNI/NIE | Progenitor solicitante | Acredita identidad y residencia legal |
| Libro de familia o certificado de nacimiento | Ambos progenitores | Justifica el nacimiento o adopción |
| Modelo 140 (Agencia Tributaria) | Progenitor que solicita la deducción | Es el impreso oficial para pedir la ayuda |
| Certificado de empadronamiento | Ambos padres | Verifica la residencia en España |
| Certificado de discapacidad (si aplica) | Progenitor con discapacidad | Necesario para casos especiales |
Consejo útil: Puedes presentar el modelo 140 de forma telemática a través de la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria.
Cómo presentar la solicitud
- Accede a la web de la Agencia Tributaria.
- Rellena el modelo 140 online.
- Adjunta la documentación correspondiente.
- Envía la solicitud y guarda el justificante.

Resumen: Pasos para Solicitar el Cheque Bebé (100 €/mes)
📌 1. Reúne la documentación obligatoria
✔️ DNI/NIE del progenitor solicitante
✔️ Libro de familia o certificado de nacimiento
✔️ Modelo 140 (descarga en Agencia Tributaria)
✔️ Certificado de empadronamiento
✔️ Certificado de discapacidad (si aplica)
📌 2. Accede a la sede electrónica
Agencia Tributaria – Modelo 140
Necesitarás Cl@ve, DNIe o certificado digital.
📌 3. Cumplimenta el formulario
Rellena correctamente todos los campos del modelo 140.
💡 Consejo: Verifica bien los datos antes de enviar.
📌 4. Adjunta los documentos escaneados
Solo en formato PDF o imagen. Tamaño máximo permitido por el sistema.
📌 5. Envía la solicitud y guarda el justificante
Recibirás un acuse de recibo con número de referencia.
Podrás hacer seguimiento en tu perfil de la Agencia Tributaria.
📌 6. Comienzo del cobro
Se cobra de forma mensual y anticipada.
Si presentas la solicitud fuera de plazo, solo se abonan 6 meses anteriores como máximo.
Compatibilidades e incompatibilidades del cheque bebé
Aunque la prestación por crianza de 100 € al mes es de carácter universal, no siempre puede acumularse con otras ayudas. Aquí te explicamos de forma clara con qué prestaciones es compatible y en qué casos podrías tener que elegir.
✅ Ayudas compatibles
- Prestación por nacimiento y cuidado del menor (INSS): se puede recibir junto con el cheque bebé si cumples los requisitos de ambas.
- Deducción por maternidad (IRPF): compatible incluso si ya estás cobrando los 100 € como anticipo del modelo 140.
- Ayudas autonómicas: como la Tarxeta Benvida (Galicia), el cheque bebé de Madrid u otras asignaciones locales.
- Ayudas por hijo a cargo o por parto múltiple: mientras provengan de diferentes fuentes o regímenes.
❌ Ayudas no compatibles
- Prestaciones similares de regímenes especiales como:
- MUFACE (funcionarios civiles del Estado)
- ISFAS (militares)
- MUGEJU (funcionarios judiciales)
- Si ambos progenitores quieren cobrar el cheque bebé: solo uno podrá recibirlo.
Recomendación importante
Antes de solicitar el cheque bebé, asegúrate de no estar recibiendo otra prestación incompatible, ya que la duplicidad puede generar devoluciones o sanciones administrativas.
Casos especiales y situaciones frecuentes del Cheque Bebé
La prestación de 100 € mensuales por hijo menor de 3 años también contempla situaciones familiares menos comunes pero igualmente protegidas por la ley. A continuación, te explicamos cómo se aplica el cheque bebé en estos casos.
Familias monoparentales
Las madres o padres que crían solas/os a sus hijos pueden solicitar el cheque bebé si cumplen el resto de requisitos (alta en la Seguridad Social, custodia, etc.).
- Solo se exige que el progenitor tenga la guarda y custodia completa.
- Es posible acceder a la ayuda incluso estando en situación de desempleo con subsidio.
Familias numerosas
Las familias con tres o más hijos tienen derecho al cheque bebé por cada menor de 0 a 3 años, sin límite por ser numerosos.
💡 Consejo: En muchos casos pueden combinarse con ayudas autonómicas específicas para familias numerosas.
Progenitores con discapacidad
Si la madre o el padre tiene un grado de discapacidad reconocido del 65 % o superior, también puede beneficiarse de esta ayuda económica, siempre que se cumpla con la cotización o con haber recibido una prestación contributiva previa.
- Este caso tiene prioridad en determinadas convocatorias autonómicas y locales.
- No es necesario demostrar ingresos, solo cumplir el resto de condiciones.
Tutor legal con custodia exclusiva
Cuando uno de los progenitores fallece o no tiene la custodia legal, el tutor legal puede solicitar el cheque bebé, siempre que tenga la residencia legal en España y pueda demostrar la convivencia efectiva con el menor.
Progenitores del mismo sexo
Las parejas del mismo sexo pueden acceder al cheque bebé si cumplen los mismos requisitos que cualquier otra familia:
- Convivencia efectiva.
- Guarda y custodia de menores.
- Alta en la Seguridad Social o situación asimilada.
❓ Preguntas frecuentes sobre el Cheque Bebé en España
¿Qué es exactamente el cheque bebé?
El cheque bebé es una prestación económica mensual de 100 € por cada hijo menor de 3 años, otorgada como apoyo a la crianza en familias que cumplan determinados requisitos de cotización o prestaciones previas.
¿Quién puede solicitar el cheque bebé?
Pueden solicitarlo:
- Trabajadoras/es por cuenta ajena o propia.
- Personas que estén percibiendo una prestación contributiva o asistencial (por ejemplo, desempleo).
- Tutores legales con custodia exclusiva.
¿Cuánto se cobra por el cheque bebé?
La cuantía es de 100 euros mensuales por cada hijo entre 0 y 3 años. Se abona de forma mensual y anticipada.
¿El cheque bebé es compatible con otras ayudas?
Sí. Es compatible con la deducción por maternidad del IRPF, ayudas por hijo a cargo y algunas prestaciones autonómicas, siempre que no se supere el umbral legal de ingresos o se incurra en duplicidad de prestaciones.
¿Dónde se solicita el cheque bebé?
La solicitud debe realizarse a través de la Agencia Tributaria (modelo 140). Puede presentarse de forma:
- Telemática con certificado digital o Cl@ve.
- Presencial en oficinas de la Agencia Tributaria (con cita previa).
¿Qué documentación necesito para pedir el cheque bebé?
- DNI o NIE del solicitante.
- Certificado de nacimiento o adopción.
- Documentación que acredite la situación laboral o percepción de prestación.
- En su caso, resolución de guarda y custodia.
¿Qué pasa si el hijo cumple 3 años durante el año?
El pago se interrumpe el mes posterior al que el menor cumple los 3 años. Por ejemplo, si los cumple en junio, el último pago será en julio (abonado anticipadamente).
¿Existe algún plazo para solicitarlo?
No hay un plazo cerrado, pero se recomienda hacerlo cuanto antes desde el nacimiento o adopción. El derecho se puede generar con efecto retroactivo, aunque con límites.
¿Necesitas ayuda para solicitar el Cheque Bebé?
Gestionar correctamente la solicitud del Cheque Bebé en España puede marcar la diferencia en el acceso a esta ayuda económica tan necesaria para muchas familias. Si tienes dudas sobre los requisitos, la documentación o el proceso telemático, nuestro equipo puede asesorarte paso a paso.
Enlaces oficiales para más información y solicitud:
- Agencia Tributaria – Modelo 140 (Solicitud del Cheque Bebé)
- Seguridad Social – Prestación por nacimiento y cuidado de menor
- Consulta la Ley de Presupuestos Generales del Estado (BOE)
¿Te ayudamos a tramitar tu solicitud?
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