
La prestación por paternidad es un subsidio económico que concede la Seguridad Social a los trabajadores que, tras un nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción, necesitan ausentarse del trabajo para cuidar al menor. En 2025, esta prestación garantiza hasta 16 semanas ininterrumpidas de permiso retribuido, equiparando derechos entre ambos progenitores.
Solicitarla correctamente y en plazo es fundamental para no perder este derecho. En esta guía te explicamos de forma clara los requisitos, plazos, documentación y pasos para presentar tu solicitud ante el INSS, tanto si trabajas por cuenta ajena como si eres autónomo.
¿Quieres evitar errores o rechazos por falta de cotización o plazos vencidos? Sigue leyendo.
¿Quién puede solicitar la prestación por paternidad?
Todos los trabajadores que coticen a la Seguridad Social —ya sea por cuenta ajena, por cuenta propia (autónomos) o en regímenes especiales como el del Mar— tienen derecho a la prestación por paternidad, siempre que cumplan con los requisitos exigidos.
Pueden solicitarla:
- Padres biológicos tras el nacimiento del hijo.
- Adoptantes o quienes obtengan la guarda con fines de adopción.
- Parejas del mismo sexo, si están legalmente reconocidas.
- Trabajadores en régimen general, autónomos, funcionarios o personal de empresas privadas.
- Personas con trabajo a tiempo parcial o con contratos temporales (siempre que cumplan el periodo mínimo de cotización).
👉 En todos los casos, el objetivo es garantizar el cuidado y el vínculo temprano con el menor, igualando las oportunidades entre hombres y mujeres.
Importante: Aunque comúnmente se sigue hablando de baja por paternidad o maternidad, desde la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2019, ambas se unifican bajo la figura de «permiso por nacimiento y cuidado del menor», con las mismas condiciones para ambos progenitores.

Requisitos para solicitar la prestación por paternidad
Para acceder a la prestación por paternidad, es imprescindible cumplir con una serie de requisitos establecidos por la Seguridad Social (INSS). Estos criterios se aplican tanto a trabajadores por cuenta ajena como a autónomos y funcionarios.
Requisitos generales:
- ✅ Estar afiliado y en alta en la Seguridad Social.
- ✅ Haber cotizado un periodo mínimo, según la edad:
- 🔸 Menores de 21 años: no se exige periodo mínimo.
- 🔸 Entre 21 y 26 años: mínimo 90 días cotizados en los 7 años anteriores o 180 días en total.
- 🔸 Mayores de 26 años: mínimo 180 días cotizados en los 7 años anteriores o 360 días en total.
- ✅ Solicitar la prestación dentro del plazo establecido (habitualmente 15 días desde el nacimiento, adopción o guarda).
- ✅ No realizar actividad laboral durante el tiempo de disfrute del permiso.
- ✅ Presentar la documentación oficial, incluyendo:
- 📄 Solicitud oficial de la prestación.
- 📄 Documento Nacional de Identidad (DNI) o NIE.
- 📄 Libro de familia o certificado de nacimiento/adopción.
- 📄 Informe de vida laboral y justificante de cotización (para autónomos).
💡 Consejo: Si no cumples con los días cotizados, puede que tengas derecho a otras ayudas. Consúltalo con un profesional.
Duración de la prestación por paternidad
La prestación por paternidad permite disfrutar de un periodo de descanso retribuido tras el nacimiento, adopción o guarda con fines de adopción. Desde 2021, este permiso se ha equiparado al de maternidad, garantizando 16 semanas ininterrumpidas para ambos progenitores.
Duración general y distribución del permiso:
| Situación | Duración Total | Distribución obligatoria | Distribución flexible |
|---|---|---|---|
| Nacimiento o adopción | 16 semanas | 6 semanas obligatorias tras el nacimiento | 10 semanas hasta los 12 meses del menor |
| Guarda con fines de adopción | 16 semanas | Desde la resolución judicial | 10 semanas hasta los 12 meses del menor |
| Parto múltiple (2 hijos) | +1 semana extra | Se suma a las 16 semanas | Puede disfrutarse tras las obligatorias |
| Discapacidad del menor | +1 semana extra | Aplicable a cada progenitor | |
| Familia monoparental | 16 semanas | No se amplía, salvo cambios legislativos |
ℹ️ Las semanas adicionales por parto múltiple o discapacidad son acumulativas si se dan ambos casos.
📌 Detalles clave:
- Cada progenitor tiene derecho individual a sus 16 semanas, no transferibles.
- El permiso puede disfrutarse a tiempo completo o parcial, previa autorización del INSS.
- El disfrute flexible debe coordinarse con la empresa, respetando los plazos y preavisos.
¿Cómo solicitar la prestación por paternidad paso a paso?
Solicitar la prestación por paternidad es un proceso relativamente ágil si se tiene clara la documentación necesaria y se cumplen los requisitos previos. A continuación, te mostramos una guía paso a paso para realizar el trámite correctamente, sin errores que puedan provocar retrasos o denegaciones.
✅ Checklist visual del proceso de solicitud
- Reunir la documentación obligatoria
- DNI/NIE del solicitante.
- Certificado de nacimiento o resolución judicial de adopción o guarda.
- Libro de familia o certificado literal del Registro Civil.
- Informe de empresa (si aplica) que acredite el inicio del permiso.
- Número de cuenta bancaria para el ingreso.
- Cumplir los requisitos mínimos de cotización
- Ser trabajador por cuenta ajena o autónomo.
- Estar dado de alta en la Seguridad Social o en situación asimilada.
- Haber cotizado el periodo mínimo según la edad:
- Menores de 21 años: sin mínimo exigido.
- De 21 a 26 años: al menos 90 días en los 7 años anteriores.
- Mayores de 26 años: al menos 180 días en los 7 años anteriores.
- Presentar la solicitud online o presencialmente
- Vía online: a través de la Sede Electrónica de la Seguridad Social con certificado digital, Cl@ve PIN o DNIe.
- Vía presencial: en el CAISS (Centro de Atención e Información de la Seguridad Social) más cercano, con cita previa.
- Plazo para presentar la solicitud
- Desde el primer día de inicio del permiso.
- Es recomendable presentar dentro de los primeros 15 días naturales desde el nacimiento o adopción.
- Seguimiento y resolución
- Se puede hacer seguimiento desde el área personal de la Seguridad Social.
- El INSS dispone de un plazo de 30 días para resolver la solicitud.
📌 Enlace útil:
Sede electrónica de la Seguridad Social – Solicitud de prestación por nacimiento y cuidado
Casos frecuentes de denegación o incidencias en la prestación por paternidad
Aunque la prestación por paternidad está diseñada para garantizar derechos laborales tras el nacimiento o adopción de un hijo, no siempre es concedida en primera instancia. A continuación, revisamos los motivos más comunes de denegación y qué hacer en cada caso.
Falta de cotización previa suficiente
El INSS exige un periodo mínimo de cotización para aprobar la solicitud. Si no se alcanza el umbral requerido según la edad del solicitante (90 o 180 días), la petición será denegada.
✅ Recomendación: Consulta tu vida laboral antes de iniciar el trámite y verifica que cumples los requisitos. Si no los cumples, puedes explorar si encajas en alguna modalidad no contributiva.
Errores o documentación incompleta en la solicitud
Uno de los fallos más comunes es no adjuntar todos los documentos exigidos o presentar formularios incompletos o con errores.
✅ Recomendación: Revisa la documentación dos veces. Si haces el trámite online, la Sede Electrónica te guiará paso a paso. Para mayor seguridad, puedes contar con asesoramiento profesional para preparar la solicitud sin errores.
Incompatibilidades con otras prestaciones
No es compatible recibir la prestación por paternidad mientras se cobra otra prestación por incapacidad temporal (salvo excepciones), o si se disfruta de una excedencia voluntaria sin derecho a prestación.
✅ Recomendación: Si estás cobrando otra ayuda, consulta antes con el INSS si es compatible. Es mejor aclarar dudas antes de enviar la solicitud.
Qué hacer si el INSS deniega tu solicitud
Si has recibido una resolución denegatoria, tienes dos vías principales de reclamación:
- Recurso potestativo de reposición: debes presentarlo en el plazo de 30 días hábiles desde la notificación.
- Reclamación judicial (recurso contencioso-administrativo): si el recurso de reposición es desestimado o decides ir directamente por la vía judicial.
✅ Recomendación: Guarda copia de toda la documentación presentada y de la resolución. En Nuño Asesores podemos ayudarte a recurrir la denegación con argumentos legales sólidos.
Preguntas frecuentes sobre la prestación por paternidad
Resolver tus dudas antes de solicitar la prestación por paternidad puede ayudarte a evitar errores y beneficiarte de todos tus derechos. Estas son algunas de las consultas más comunes entre los trabajadores:
¿Se puede compartir el permiso por paternidad?
Sí. El permiso por nacimiento y cuidado de menor es individual e intransferible, pero ambos progenitores pueden disfrutarlo en paralelo o por turnos si así lo deciden. Actualmente, ambos disponen de 16 semanas, con las primeras 6 obligatorias e ininterrumpidas tras el nacimiento o adopción.
¿Cómo afecta la prestación por paternidad al IRPF?
La prestación por paternidad está exenta de IRPF, según establece el Tribunal Supremo. Por tanto, no tributa en la declaración de la renta. Sin embargo, si se cobraron intereses por retraso en el pago, estos sí tributan como ganancia patrimonial.
¿Qué ocurre si el bebé nace antes de lo previsto?
La fecha de inicio del permiso se ajusta al momento real del nacimiento, aunque este se adelante. Las semanas obligatorias comienzan a contar desde ese día. Además, se debe presentar el nuevo parte de nacimiento para adaptar los plazos si ya se había solicitado.
¿Y en casos de adopción internacional?
En adopciones internacionales, el permiso puede anticiparse hasta 4 semanas antes de la resolución judicial o administrativa de la adopción si el menor debe desplazarse al país de origen. El permiso sigue siendo de 16 semanas, con condiciones específicas según el caso.
¿Necesitas ayuda para solicitar tu prestación por paternidad?
Evita errores, retrasos y complicaciones. En Nuño Asesores te ayudamos a:
- Revisar tus cotizaciones y requisitos antes de iniciar el trámite.
- Preparar correctamente la documentación.
- Presentar la solicitud ante la Seguridad Social sin fallos que puedan suponer una denegación.
- Resolver incidencias con el INSS si ya has tenido problemas con tu solicitud.
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