Cómo solicitar el arraigo familiar (y el resto de arraigos): cita previa, pasos y plazos

Pedir el arraigo es un trámite con varias fases: elegir la modalidad correcta, reunir los documentos, conseguir cita o presentar por vía electrónica, esperar la resolución y, después, sacar la tarjeta. Te contamos cómo se hace paso a paso con el Reglamento de Extranjería en vigor desde el 20 de mayo de 2025, tanto para el arraigo familiar como para el social, el sociolaboral, el socioformativo y el de segunda oportunidad.

Paso 1: elegir el arraigo que te corresponde

Es la decisión más importante. Desde 2025 hay cinco modalidades y cada una tiene requisitos distintos (lo explicamos en los tipos de arraigo). Ojo con el arraigo familiar: ahora solo es para padres o tutores de menores de otro país de la UE y para quien presta apoyo a una persona con discapacidad. Si tu hijo es español, lo que te corresponde es la residencia de familiar de español, con otro formulario.

Paso 2: reunir la documentación

  • Formulario EX-10 cumplimentado (te ayudamos en cómo rellenar el EX-10).
  • Pasaporte completo.
  • Certificado de antecedentes penales de los países donde hayas vivido en los últimos cinco años, apostillado o legalizado y traducido.
  • Prueba de dos años de permanencia en España (padrón y otros documentos), salvo en el arraigo familiar.
  • No tener otra autorización de estancia o residencia ni otro procedimiento de este tipo en trámite (requisito añadido en abril de 2026).
  • Los documentos de tu modalidad: contrato de trabajo, matrícula de la formación, informe de integración o documentos del menor.

Paso 3: pagar la tasa

Se paga con el modelo 790 (código 052), que se descarga en la web de la Administración y se abona en el banco o por internet. Guarda el justificante: hay que presentarlo con la solicitud.

Paso 4: presentar la solicitud

La solicitud se presenta ante la Oficina de Extranjería de la provincia donde vives. Si vives en Toledo o su provincia, en la de Toledo; si vives en Aranjuez, Madrid o cualquier municipio madrileño, en la de Madrid. Hay dos formas:

  • Presencial con cita previa, que se pide en la sede electrónica de cita previa (cita previa de extranjería) eligiendo la provincia y el trámite. En muchas provincias es difícil encontrar hueco: consulta la web a primera hora y en días distintos.
  • Electrónica, con certificado digital o a través de un profesional habilitado (abogado, gestor o graduado social), sin depender de la cita.

Desconfía de quien vende citas: es una práctica irregular y la cita no garantiza nada si el expediente no está bien preparado.

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Estudiamos tu caso, te decimos qué vía te corresponde y presentamos el expediente por vía electrónica, sin que tengas que conseguir cita. Primera consulta gratuita en Toledo, Aranjuez o Madrid.

Paso 5: requerimientos y resolución

  • Si falta algún documento, la Oficina te enviará un requerimiento con un plazo para aportarlo. No lo dejes pasar.
  • La Administración tiene tres meses para resolver. Si no contesta, la solicitud se entiende denegada (silencio negativo) y puedes recurrir.
  • Si te la deniegan expresamente, tienes un mes para el recurso de reposición o dos meses para el contencioso. Lo explicamos en arraigo denegado: motivos y qué hacer.

Paso 6: después de la concesión

  1. Pide cita para la toma de huellas y solicita la TIE en el plazo de un mes desde la notificación. Se paga otra tasa (modelo 790, código 012).
  2. En el arraigo sociolaboral, el empleador debe dar de alta al trabajador en la Seguridad Social en el plazo de un mes desde la notificación: es necesario para que la autorización sea definitiva.
  3. Apunta la fecha de caducidad: para prorrogar el arraigo social, sociolaboral o de segunda oportunidad tendrás que acreditar, en general, la búsqueda activa de empleo e inscripción en el servicio público de empleo. La renovación se pide en los 60 días anteriores o en los 90 posteriores. Lo explicamos en renovación de residencia.

Cuánto dura cada arraigo

ModalidadDuración inicial
Arraigo familiar5 años
Arraigo social, sociolaboral, socioformativo y de segunda oportunidad1 año, prorrogable

Preguntas frecuentes

¿Puedo presentar el arraigo sin cita previa?

Sí, por vía electrónica con certificado digital o a través de un profesional habilitado.

¿Qué pasa si no me contestan en tres meses?

Se entiende denegada por silencio administrativo. Puedes recurrir o esperar una resolución tardía, que puede ser favorable. Te aconsejamos según tu caso.

¿Puedo trabajar mientras se tramita?

Depende de la modalidad. Desde la reforma de abril de 2026 (Real Decreto 316/2026), en el arraigo sociolaboral, una vez admitida a trámite la solicitud, quedas habilitado provisionalmente para residir y trabajar por cuenta ajena. En el resto de modalidades, solo podrás trabajar cuando te concedan la autorización.

¿Dónde presento si vivo en Aranjuez?

En la Oficina de Extranjería de Madrid, porque Aranjuez pertenece a la Comunidad de Madrid.

Para tener la visión completa, consulta nuestra guía de arraigo en España. También te puede interesar: arraigo familiar en 2026 y cómo rellenar el EX-10.

Presentamos tu arraigo sin depender de la cita

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Contenido actualizado el 12 de octubre de 2026 conforme al Reglamento de Extranjería aprobado por el Real Decreto 1155/2024, en vigor desde el 20 de mayo de 2025. Información general: cada expediente requiere estudiar sus circunstancias.

¿Necesitas ayuda con tu trámite de extranjería? Nuestros abogados de extranjería preparan tu expediente en Toledo, Aranjuez y Madrid. Consulta también nuestras guías de arraigo, nacionalidad y renovación de residencia.

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