El alquiler en la renta del inquilino

Obtener beneficios fiscales al declarar el alquiler de una vivienda en la renta es una posibilidad en algunas regiones autónomas. Esto implica la oportunidad de reducir el IRPF a pagar.

Deducciones estatales alquiler para el inquilino

Para contratos firmados antes de 2015, es factible acceder a una deducción estatal por alquiler de hasta el 10,05% del total pagado (con un tope de 9.040€). Sin embargo, para aquellos firmados después del 1 de enero de 2015, la deducción estatal no aplica, y la posibilidad de obtener beneficios fiscales por el alquiler depende de la región autónoma de residencia.

Beneficios fiscales autonómicos por alquiler

Numerosas regiones autónomas ofrecen beneficios fiscales por el alquiler, los cuales varían según las circunstancias individuales, pero es importante tener en cuenta:

  • Es necesario aplicar las deducciones correspondientes a la región autónoma de residencia.
  • En el caso de deducciones limitadas por edad, esta se considera a 31 de diciembre. Por ejemplo, si la deducción aplica para menores de 35 años, se considerará si la persona tenía 35 años o menos el 31 de diciembre.
  • En situaciones donde la deducción se otorga a menores de cierta edad, como menores de 36 años, no se incluirá a quienes tengan 36 años, sino hasta un máximo de 35 años.
  • Si se comparte un piso, cada contribuyente puede deducir lo que haya pagado individualmente. Por ejemplo, si tres personas comparten un piso con un alquiler mensual de 1.500€, y una persona paga 300€ al mes mientras que las otras dos pagan 600€, la base para la deducción será lo que cada uno haya pagado: 3.600€ (300€ * 12 meses) en el primer caso y 7.200€ (600€ * 12 meses) en el segundo.
  • Por lo general, es requisito para obtener beneficios fiscales por el alquiler que el contrato esté registrado en la oficina liquidadora de la región autónoma y que se haya depositado la fianza en el Instituto de Vivienda correspondiente.
deduccion alquiler en renta para inquilino

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Deducciones del alquiler por Comunidad Autónoma

Madrid

En Madrid, la deducción por alquiler es del 30%, con un máximo de 1.000€. Los requisitos incluyen:

– Ser menor de 35 años (ampliado a 40 años para personas en situación de desempleo con cargas familiares).
– Que la base imponible general y del ahorro no supere los 25.620€, y que la suma de la base imponible general y del ahorro de la unidad familiar no supere los 60.000 euros.
– Que el monto pagado por el alquiler sea superior al 20% de la suma de la base imponible y del ahorro del contribuyente.

Andalucía

En Andalucía, los menores de 35 años pueden deducirse el 15% de los gastos pagados por el alquiler de la vivienda habitual, con un máximo de 500€, siempre que la base imponible general y del ahorro no supere los 19.000€.

Y así sucesivamente con las demás comunidades autónomas, detallando las deducciones y requisitos específicos en cada una.

Aragón

En Aragón, la deducción por alquiler de vivienda habitual solo se aplica si la vivienda se alquila como dación en pago de un préstamo.

Asturias

En Asturias, la deducción es del 10% de las cantidades pagadas por alquiler de la vivienda habitual, hasta un máximo de 455€, siempre y cuando la base imponible general y del ahorro sea inferior a 25.009€, y que los pagos por alquiler superen el 10% de la base imponible. Para viviendas en zonas rurales, la deducción aumenta al 15% con un tope de 606€.

Baleares

En las Islas Baleares, la deducción por alquiler es del 15%, con un máximo de 400€. Los requisitos incluyen:

– Ser menor de 36 años.
– Tener un grado de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, o un grado de discapacidad psíquica igual o superior al 33%.
– Ser familia numerosa.
– Que la base imponible general y del ahorro no supere los 20.000€ (26.000 para familias numerosas).

También existe una deducción para aquellos que necesiten trasladarse por motivos laborales a otra isla del archipiélago, donde la deducción es del 15%, con un máximo de 400€, siempre que la base imponible general y del ahorro sea inferior a 30.000€.

Canarias

En Canarias, la deducción por alquiler es del 20% de las cantidades pagadas por el alquiler de la vivienda habitual, hasta un máximo de 600€. Los requisitos incluyen:

– Que la base imponible general y del ahorro no supere los 20.000€.
– Que los pagos por alquiler superen el 10% de la base imponible.

Cantabria

En Cantabria, la deducción es del 10%, con un tope de 300€. Los requisitos incluyen:

– Ser menor de 35 años o mayor de 65 años.
– Tener un grado de discapacidad física, psíquica o sensorial igual o superior al 65%.
– Que la suma de la base liquidable general y del ahorro menos el mínimo personal y familiar no supere los 22.946€.
– Que los pagos por alquiler superen el 10% de la base imponible.

Castilla-La Mancha

En Castilla-La Mancha, la deducción es del 15%, con un máximo de 450€. Los requisitos incluyen:

– Que la base imponible general y del ahorro menos el mínimo por descendientes sea inferior a 12.500€.
– En municipios de menos de 2.500 habitantes (o hasta 10.000 habitantes si están a más de 30 km de un municipio de más de 50.000), la deducción aumenta al 20%, con un límite de 612€.

Castilla y León

En Castilla y León, la deducción por alquiler solo se aplica a personas menores de 36 años, con un beneficio del 20%, hasta un máximo de 459€. Esto está sujeto a que la base imponible general y del ahorro menos el mínimo por descendientes sea inferior a 18.900€. Además, si la vivienda está en un municipio de menos de 10.000 habitantes (o de menos de 3.000 habitantes si está a menos de 30 km de la capital de provincia), la deducción aumenta al 25%, con un límite de 612€.

Cataluña

En Cataluña, la deducción es del 10%, hasta un máximo de 300€. Los requisitos incluyen:

– Tener 32 años o menos.
– Haber estado desempleado durante 183 días o más durante el ejercicio.
– Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
– Ser viudo/a y tener 65 años o más.
– Que la base imponible general y del ahorro menos el mínimo por descendientes sea inferior a 20.000€, y que los pagos por alquiler superen el 10% de la base imponible.

Si además de cumplirse los requisitos anteriores, el contribuyente pertenece a una familia numerosa, el límite de la deducción aumenta hasta los 600€.

Extremadura

En Extremadura, la deducción es del 5%, con un máximo de 300€. Los requisitos incluyen:

– Tener 36 años o menos.
– Ser parte de una familia numerosa.
– Tener un grado de discapacidad igual o superior al 65%.
– Que la base imponible general y del ahorro sea inferior a 19.000€.

En municipios de menos de 3.000 habitantes, la deducción aumenta al 10%, con un tope de 400€.

Galicia

En Galicia, la deducción por el alquiler está disponible para aquellos menores de 35 años, siempre que la base imponible general y del ahorro sea inferior a 22.000€. La deducción es del 10%, hasta un límite de 300€. Si hay dos o más hijos menores de edad, la deducción se duplica, alcanzando el 20% con un tope de 600€. Estas cifras se duplican si se tiene una discapacidad igual o superior al 33%.

Murcia

En Murcia, no existe ninguna deducción por el alquiler de vivienda habitual.

La Rioja

En La Rioja, la deducción por alquiler es del 10%, con un límite de 300€ por cada contrato de alquiler. Los requisitos incluyen:

– Ser menor de 36 años.
– Que la base liquidable general no supere los 18.030€.

La deducción aumenta al 20% con un tope de 400€ cuando la vivienda está en alguno de los municipios mencionados en el listado específico.

Comunidad Valenciana

En la Comunidad Valenciana, la deducción por alquiler de vivienda habitual es del 15%, con un límite de 550€, siempre que la base liquidable general y de la base liquidable del ahorro no supere los 30.000€. Para personas menores de 35 años o con un grado de discapacidad física o sensorial igual o superior al 65%, o con grado de discapacidad psíquica igual o superior al 33%, la deducción aumenta hasta el 20% con un máximo de 700€. En caso de cumplir ambas condiciones, la deducción alcanza el 25% con un límite de 850€.

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