Ayuda Castilla la Mancha digitalizacion

Te presentamos dos ayudas dirigidas a empresas de Castilla La-Mancha con las que se busca digitalizar el negocio y facilitar el acceso a nuevas herramientas

Adelante Digitalización – Comercio Electrónico y Negocio Digital

Beneficiarios Ayuda: Pymes

Actividades Subvencionables: códigos o las actividades según la CNAE 2009

PROYECTOS SUBVENCIONABLES:

Mínimo 3.000€ Para esta línea se debe invertir en web y todo lo relacionado con la venta en web, marketing digital asociados a la web. El diseño web, debe contener nuevas funcionalidades, por ejemplo que no tuviera venta online y ahora la tenga. El posicionamiento web debe ir aparejado a ese nuevo diseño web, no puedo invertir en SEO o SEM de una página ya hecha. Ordenadores y teléfonos, siempre que vayan asociados a esos proyectos.

  • Comercio electrónico:
    • Establecer nuevos canales de venta, mediante la creación de una tienda online para la
      venta de productos y servicios o emprender un negocio digital que comprenda la
      creación de una tienda digital.
    • Adaptación de tiendas virtuales ya existentes para incorporar la funcionalidad de venta
      on line.
    • La mejora de herramientas de software de comercio electrónico ya implantadas o su
      sustitución por otras nuevas, la sustitución de una tienda virtual con venta online por
      otra nueva o la mejoras a la misma. En ambos casos la mejora debe implicar nuevas
      funcionalidades y no la mera reposición de aplicaciones.
  • Marketing Digital:
    • Plan personalizado de marketing con acciones y estrategias publicitarias o comerciales a
      ejecutar en los medios y canales de internet, relacionadas con la venta de productos o
      servicios en el desarrollo de la actividad para la que se solicita subvención.
    • Fomento de presencia y posicionamiento online
  • Marketplaces:
    • Para ser subvencionable el proyecto tendrá por finalidad la inscripción de la empresa en el portal
      de comercio electrónico elegido durante un periodo mínimo de un año.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Gastos de consultoría. La prestación del servicio de asesoramiento especializado en comercio
    electrónico o marketing digital, a través de la asesoría personalizada e individualizada, realizada
    por profesionales o empresas especializadas en el sector de las TIC
  2. Gastos de desarrollo web
  3. Equipos para procesos de información y aplicaciones informáticas. Siempre que impliquen
    nueva funcionalidad.
  4. Gastos de inscripción de la empresa en el portal de comercio electrónico elegido

CUANTÍAS

  • Hasta un 70% de la inversión subvencionable.
  • La cuantía de la ayuda podrá incrementarse en un 20%, cuando el proyecto se localiza en alguna
    de las siguientes zonas:

    • Municipios incluidos en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril, o en aquello
      municipios que, en su caso, se determine en posteriores periodos de programación.
    • Territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, y que ha sido establecidas
      en el Anexo al Decreto 52/2018, de 31 de julio.

Si un municipio se halla encuadrado en ambos casos el incremento anterior se aplicará una sola vez. En todo caso, el máximo de subvención a conceder será de 10.000 euros.

PLAZO DE EJECUCIÓN

Diez meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de concesión. No obstante, las actuaciones subvencionables podrán comenzar a partir del día siguiente al de presentación de la solicitud.

MANTENIMIENTO DE OBLIGACIONES:

El beneficiario de la subvención vendrá obligado a mantener en Castilla-La Mancha los activos subvencionados objeto de  inversión, la actividad para la que le fuera otorgada y el empleo al que resultase obligado, durante un periodo mínimo de tres años a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de justificación de la subvención.

Adelante Digitalización – Transformación Digital de la Industria Manufacturera

Beneficiarios: podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pymes, incluidas las que se encuentren en constitución en el momento de presentar la solicitud, que realicen alguna actuación subvencionable con arreglo a la Orden 164/2018 y Resolución de 14/10/2021.

Actividades Subvencionables: listados con CNAES.

PROYECTOS SUBVENCIONABLES

Mínimo 20.000€. Para un software de gestión iría por esta línea, pero lo mínimos son 20.000€.

GASTOS SUBVENCIONABLES

Costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes destinados de manera exclusiva a la implementación del proyecto: La prestación de los servicios derivados del diagnóstico de las capacidades digitales de la empresa, sus sistemas de información, cumplimiento de normativa, reingeniería de procesos y gestión del cambio, y dirección del proyecto de transformación digital para su completa puesta en funcionamiento, realizada por empresas especializadas en el sector
de las TIC.

Inversiones materiales (maquinaria, equipos, hardware y sistemas electrónicos) e inmateriales (licencias software, aplicaciones estándar y desarrollo de aplicaciones a medida). Solo serán subvencionables cuando impliquen nuevas funcionalidades y no la mera reposición de equipos y aplicaciones.

CUANTÍAS

En relación con la inversión a realizar:

  • Hasta un 70 % de la inversión subvencionable en concepto de costes de consultoría, ingeniería y servicios equivalentes.
  • Hasta un 45 % de la inversión subvencionable en concepto de inversiones materiales e inmateriales cuando el beneficiario sea una microempresa o una pequeña empresa, o hasta un 35 % cuando el beneficiario sea una mediana empresa.

En relación con la localización del proyecto:

La cuantía de la ayuda que resulte se incrementará en un 20 %, cuando el proyecto se localice en alguna de las siguientes zonas:

  • En los municipios incluidos en el Anexo al Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha.
  • En los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017 de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias de Castilla-La Mancha.

En todo caso, el máximo de subvención a conceder será de 100.000 euros.

MANTENIMIENTO DE OBLIGACIONES:

El beneficiario de la subvención vendrá obligado a mantener en Castilla-La Mancha los activos subvencionados objeto de inversión, la actividad para la que le fuera otorgada y el empleo al que resultase obligado, durante un periodo mínimo de
tres años a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de justificación de la subvención.

 

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