Las Islas Canarias son un destino encantador y singular, no solo desde una perspectiva turística, sino también desde el punto de vista fiscal, ya que su régimen tributario difiere del resto de España. Es esencial comprender cómo gestionar la facturación entre la península y Canarias en ambas direcciones.
Diferencia Impuestos entre Canarias y la Península
En primer lugar, es crucial tener en cuenta que las Islas Canarias tienen un régimen fiscal distinto en comparación con el resto de España y Europa. El equivalente al Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) que se aplica en la península es el Impuesto General Indirecto Canario (IGIC). La diferencia principal radica en que el IGIC tiene tasas notoriamente más bajas.
El IGIC, un impuesto indirecto, se aplica al consumo de ciertos productos y servicios dentro de las Islas Canarias. Aunque su funcionamiento es similar al del IVA, las tasas varían. Mientras que el tipo general del IGIC es del 7%, el IVA en la península es del 21%. Además, existen varios tipos específicos aplicables a productos y servicios particulares.
– Tipo Cero de IGIC – 0%: Productos y bienes de primera necesidad.
– Tipo Reducido de IGIC – 3%: Suministros y productos derivados de industrias.
– Tipo General de IGIC – 7%: Aplicable a la mayoría de productos y servicios.
– Tipo Incrementado de IGIC – 9,5%: Vehículos y otros medios de transporte.
– Tipo Incrementado de IGIC – 13,5%: Bebidas alcohólicas, algunas marcas de tabaco, joyería y perfumería.
– Tipo Especial de IGIC – 20%: Tabaco rubio.
– Tipo Especial de IGIC – 35%: Tabaco negro.
Facturación de la península a Canarias
Al facturar a las Islas Canarias desde la península, es esencial determinar si se trata de una venta de productos o de la prestación de servicios, así como si el destinatario es una empresa o un particular.
Venta de Productos:
En el caso de una venta de productos desde la península a las Islas Canarias, se considera una exportación y ninguna de las partes abonará el IVA. Sin embargo, la empresa vendedora debe declarar esta transacción en los modelos 303 y 390 como una exportación.
Prestación de Servicios:
En el caso de la prestación de servicios, la tributación varía según si el destinatario es una empresa o un particular.
– Prestación de Servicios de Empresa a Particular:
Se aplica el IVA, con algunas excepciones como telecomunicaciones, radiodifusión o televisión, y servicios realizados por vía electrónica.
– Prestación de Servicios de Empresa a Empresa:
En este caso, se debe incluir el IGIC en la factura debido a la inversión del sujeto pasivo, siendo la parte compradora la responsable del pago del impuesto.
Facturación desde Canarias a la península
En el caso contrario, si eres un empresario canario que busca facturar en la península, también hay consideraciones particulares dependiendo de si tu actividad es la venta de bienes o la prestación de servicios.
Facturación de Servicios desde Canarias a la Península:
Al igual que en el caso anterior, los impuestos aplicables dependerán de si el destinatario es una empresa o un particular.
– Prestación de Servicios de Empresa a Empresa:
Se aplica el IVA, con inversión del sujeto pasivo, ya que el servicio se presta en la península.
– Prestación de Servicios de Empresa a Particular:
En este caso, la empresa canaria aplicará el IGIC si el destinatario es un particular en la península.
En ambos casos, si el empresario canario debe adquirir material en la península para la prestación de servicios, deberá pagar el IVA, pero posteriormente podrá solicitar su devolución a Hacienda.
Facturación de Venta de Bienes o Productos Canarios a la Península:
Si la operación implica la venta de bienes o productos canarios a la península, se considera una importación y la factura está exenta de IGIC. Es importante indicar en la factura que la operación está exenta y declararla como importación en los modelos 303 y 390. El comprador de la península deberá abonar el IVA correspondiente en aduana.
Si aún tienes dudas sobre cómo facturar a Canarias desde la península o viceversa, estamos aquí para ayudarte. En Nuño Jiménez Asesores, contamos con especialistas en impuestos canarios y otros tributos que pueden brindarte la asesoría necesaria. Aprovecha nuestro conocimiento especializado en este ámbito. ¡Estamos para ayudarte!