VENDIMIA CONTRATAR TRABAJADOR

Septiembre es una época muy importante para todos los agricultores Castellano-Manchegos, ya que es el momento de recolectar el fruto de todo un año de trabajo. Durante este mes y parte del siguiente el trabajo se multiplica y normalmente es necesario contratar mano de obra extra para cubrir todo el exceso de trabajo.

Algunos agricultores intentan evitar gastos extras llevando a trabajadores a su cargo sin estar dados en la seguridad social. Un panorama común que puede tener graves consecuencias tanto para el empresario como para el trabajador.

Hay que recordar que todos los empresarios están obligados a dar de alta en la seguridad social a sus trabajadores y a celebrar un contrato. Los agricultores no están eximidos de esta responsabilidad.

Los inspectores de trabajo velan porque la legislación en materia de contratación se cumpla. Por ello investigan posibles irregularidades. Veamos pues las secuelas que se pueden ocasionar cuando un trabajador no está regularizado, es decir se encuentran sin contrato y sin estar dado de alta en la seguridad social.

Consecuencias para el agricultor

  1. Sanción económica: las multas por tener un trabajador sin cotizar pueden ser de 126€ hasta 10.000€ en función del grado de infracción que aplique el inspector de trabajo.
    Además el empresario deberá abonar las cuotas atrasadas a la Seguridad Social.
  2. Retirada de ayudas: Si el agricultor se está beneficiando de subvenciones de cualquier tipo, este será sancionado con la retirada de toda ayuda y no podrá volver a solicitarla hasta que pasen dos años desde la fecha de la incidencia.

Consecuencias para el trabajador

Cuando se detecta una situación irregular en la contratación, el inspector de trabajo deberá valorar el grado de culpabilidad del trabajador.

Normalmente la sanción solo es para la empresa, pero algunas veces se demuestra que el trabajador tenía verdadero interés en no estar dado de alta en la seguridad social. En este caso el inspector entenderá que el trabajador también estaba realizando un fraude. Para estos casos las sanciones son:

  1. Pérdida de la prestación por desempleo y abono de todas las cuotas percibidas hasta el momento por dicha situación.
  2. Incapacidad para recibir prestaciones económicas o subvenciones durante un año desde la fecha de la incidencia.

El contrato es un documento que firma tanto el empresario como el trabajador y en el que se estipulan los derechos y obligaciones de ambas partes. Es obligatorio realizarlo y además se debe mantener vigente para que ninguna de las partes quede desprotegida.

¿Quieres contratar a un trabajador y no sabes muy bien cómo hacerlo? No te preocupes, Nuño Jiménez Asesores cuenta con especialistas en asesoría laboral para poder solucionar todas tus dudas y conseguir que la relación con tus empleados sea fructífera. Llámanos y te informaremos.

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