Fraccionamiento extraordinario del pago de la renta

Se ha publicado un fraccionamiento extraordinario para el pago de la deuda tributaria derivada de la declaración de la Renta para los beneficiarios durante el año 2020 de prestaciones por ERTE.

Te lo contamos

¿A quién va dirigido?

Trabajadores por cuenta ajena afectados por un Expediente de Regulación Temporal de Empleo en 2020, que tengan la condición de contribuyentes sujetos al impuesto

¿Qué características tiene?

El pago del fraccionamiento solicitado se efectuará en seis fracciones con vencimiento los 20 de cada mes, siendo el primero el día 20 de julio de 2021.

No se devengaran intereses de demora durante dicho fraccionamiento ni será necesaria la aportación de garantía.

¿Qué requisitos se deben de cumplir?

Que el solicitante, o cualquier de los miembros de la unidad familiar en caso de tributación conjunta, haya estado incluido en un Expediente de Regulación Temporal de Empleo durante el año 2020, habiendo sido perceptor en ese ejercicio de las correspondientes prestaciones.

Que no exceda de 30.000€ el importe en conjunto que se encuentre pendiente del pago para el solicitante, tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo.

Debe presentar la declaración dentro del plazo voluntario de autoliquidación e ingreso, sin que pueda fraccionarse el ingreso derivado de autoliquidaciones complementarias con posterioridad al 30 de junio de 2021, o día inmediato hábil posterior, para el caso de ser inhábil.

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