Autónomos

A partir de septiembre, entrarán en vigor varios cambios a nivel fiscal, laboral o de Seguridad Social. Éstas son las principales novedades que afectarán a los autónomos en el nuevo curso.

Cambios a nivel fiscal

A partir de septiembre los autónomos se encontraran con algunos cambios a nivel fiscal que ya fueron aprobados el pasado mes de julio, con la ley antifraude.

Entre los principales cambios fiscales que afectan a los autónomos están la limitación de los pagos en efectivo entre profesionales de 2.500 a 1.000 euros; la rebaja de los recargos por presentar fuera de plazo las declaraciones de impuestos, o la reducción de la cuantía de las sanciones por pronto pago. Y, previsiblemente, a partir de octubre o noviembre se pondrán en marcha las medidas para acabar con los softwares de doble uso, utilizados para ocultar ingresos en B.

Cambios a nivel laboral

En octubre aumentarán las sanciones impuestas en materia de ERTES u otros fraudes a nivel laboral y también se prevé que pronto se reactive la subida del Salario Mínimo Interprofesional, que aumentará los costes laborales de los autónomos empleadores.

Desde finales de septiembre también se pueden esperar otras novedades en Seguridad Social, como el previsible aumento de la cuota de autónomo que está ligado al incremento del Salario Mínimo Interprofesional,  o el fin de las exoneraciones decrecientes en las cotizaciones de los antiguos beneficiarios del cese de actividad.

Fin de los Ceses de Actividad para autónomos y ERTES

Por último, el 30 de septiembre dejarán de estar en vigor dos de las principales ayudas y prestaciones que sostienen a miles de autónomos: el cese de actividad y los ERTES. De este modo, los miles de negocios que todavía siguen acogidos a los ERTES , así como los más de 200.000 autónomos que están cobrando el cese de actividad volverán a estar a la espera de una posible nueva prórroga de la prestación y los expedientes más allá de septiembre.

También a partir de septiembre las mutuas podrán empezar a revisar si los autónomos cumplían o no los requisitos para cobrar las prestaciones por cese de actividad (caída de facturación y rendimientos netos). Si no cumplían dichas condiciones deberán devolver las ayudas.

Las mutuas ya están revisando si los autónomos que cobraron el cese de actividad de marzo a junio o de junio a septiembre de 2020, cumplen los requisitos. Pero a partir de Septiembre, las mutuas podrán empezar a verificar si los autónomos cumplían los requisitos para cobrar la prestación que se puso en marcha el pasado mes de febrero y duró hasta mayo.

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